ESTRUCTURA GENERAL DE UN SEGURO

¿Qué es un seguro?  Un seguro es un contrato en el que una de las partes (el asegurador) se obliga, mediante una prima que es abonada por la otra parte (el asegurado) a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto, como puede ser un accidente o un incendio, entre otras.

¿Quien puede asegurar? El asegurador por lo general es una compañía organizada bajo la forma de sociedad anónima. Es posible encontrar mutualidades y cooperativas de seguros. También opera como compañía de seguros algunos organismos oficiales  como  las caja de ahorro y seguro.

¿Bajo que Ley se regulan los seguros en España? Bajo :

  • La Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
  • La Ley sobre el Contrato de Seguros.
  • El Reglamento de Agentes de Seguros y Fianzas.
  • El Reglamento del Seguro de Grupo.
  • Las Reglas de Operación para los Seguros de Pensiones de acuerdo a las Leyes de Seguridad Social.
  • Reglas de Operación del Seguro de Salud.
¿Qué elementos tiene un contrato de seguro? Los elementos son :
El Asegurador: Sólo pueden actuar como aseguradores las sociedades anónimas, las cooperativas y las sociedades de seguros mutuos. En algunos casos también puede asegurar el Estado.Las aseguradoras deben ser autorizadas para funcionar por la Dirección General de Seguros (actualmente fusionada a Comisión Nacional de Mercados y Competencia integrada en el Ministerio de Economía). Esta institución las fiscaliza, regula e inspecciona a las compañías de seguro.
El Asegurado: La ley distingue las personas del tomador del seguro, del asegurado y del beneficiario.

  • El tomador del seguro es la persona que celebra el contrato.
  • El asegurado es el titular del interés asegurable.
  • El beneficiario es el que percibirá la indemnización.

El tomador se diferencia del asegurado cuando estipula el seguro por cuenta de un tercero o por cuenta «de quien corresponda».

Por su parte, el asegurado y beneficiario generalmente coinciden. Se separan por ejemplo en los seguros de vida, cuando se asegura la propia vida en beneficio de otra persona.

La póliza: Es el instrumento escrito en el cual constan las condiciones del contrato.

Plazo: Si el plazo del contrato no está determinado en el contrato, se presume que es de un año, salvo que por la naturaleza del riesgo la prima se calcule por un tiempo distinto.

¿Qué tipos de seguro hay en España? Esencialmente :

  • Seguro social: es conocido en España como la Seguridad Social y garantiza unas coberturas mínimas de sanidad, jubilación y asistencia
  • Planes de pensiones: este tipo de seguros pretenden complementar la pensión social del seguro anterior mediante un sistema de ahorro/capitalización. Las aportaciones son variables entre sus socios y determinan la cuantía a recibir en el periodo de jubilación.
  • Seguro de vida: esta tipología de seguro acuerda una cantidad previamente por contrato en caso de muerte. La cantidad, se entrega al beneficiario o beneficiarios de establecido por el seguro.
  • Seguro dental: cubren, en parte o de manera completa, las posibles carencias dentales de diferente índole.
  • Seguro automovilístico: cubre las posibles deficiencias que pudiera tener el vehículo, o que pudiéramos ocasionar a un tercero.
  • Seguro por accidente: este seguro es utilizado por las aseguradoras automovilísticas en caso de accidente, cubre la asistencia que se haya podido necesitar.
  • Seguro de responsabilidad civil: cubre los posibles daños, reclamaciones e indemnizaciones en caso de que las hubiera. Todos los seguros automovilísticos en España incorporan esta modalidad de seguro, pero no sólo operan en el ámbito automovilístico. En algunos países es habitual entre sus ciudadanos tener un seguro de este tipo para uso personal.
  • Seguro de hogar : esta modalidad de seguro da cobertura a la diferentes tipología de daños que pudieran ocasionarse a un tercero como a la propia vivienda. Son habituales las coberturas contra inundaciones, goteras y diferentes deficiencias que pudieran darse en la vivienda bajo condiciones de uso normales.
  • Seguro de viaje: en caso de viajar a diferentes territorios, existen aseguradoras que cubren nuestras posibles necesidades, principalmente sanitarias, mientras estemos en un país extranjero.
  • Otros seguros: existen tantos seguros casi como objetos a asegurar. Por enumerar algunos otros, podemos destacar el de vehículos de dos ruedas, quads, vehículos agrícolas, seguro de determinadas partes del cuerpo muy preciadas; como las manos para los porteros, seguro de equipos informáticos, etc…